El Tribunal Nacional de Ética PeriodÃstica (TNÉP), emitió resolución sobre la denuncia presentada por el alcalde de la ciudad de La Paz, Luis Revilla Herrero, contra el diario “Cambio”, al que acusó de contravenir los artÃculos 1,2 y 4 del Código Nacional de Ética PeriodÃstica.
Tras el análisis del caso y la valoración de las pruebas presentadas por las partes, el TNEP, en relación al artÃculo 1 del código, declaró probada la denuncia del alcalde Revilla, en cuanto a que el periódico “Cambio” atribuyó como verdaderos hechos que no son de competencia del Gobierno Municipal, “ni que han sido determinados por una AuditorÃa o Sentencia Judicial” y recomendó al periódico que “realice la correspondiente rectificación contra la aclaración respectiva”.
“Cambio” habÃa acusado al Alcalde paceño de “haber decidido el incremento del precio de pan de batalla, un sobreprecio en la construcción de los puentes trillizos y de comprar los buses Pumakatari con subvención de dinero de los habitantes de La Paz”.
Dentro del mismo fallo, el TNEP desestimó la denuncia de Revilla referida a la violación de los artÃculos 2 y 4, dado que la nota cuestionada por este era “una opinión editorial a la cual no cabe exigir las caracterÃsticas de una información periodÃstica”.
Esta es la segunda resolución que emite el actual TNEP, que fue posesionado el 10 de noviembre de 2015. La anterior, con fecha 22 de diciembre de ese mismo año, rechazó una denuncia de la Unidad de Comunicación del Ministerio de EconomÃa y Finanzas Públicas, en contra del sitio web Eju.tv por no corresponder al ámbito de su competencia, dado que este portal es un “agregador de noticias”, que no desarrolla actividad periodÃstica propia.
El Tribunal Nacional de Ética periodÃstica se desempeña desde febrero de 2010, con la función de conocer y procesar los casos de contravención al Código Nacional de Ética PeriodÃstica que sean denunciados por representantes del Estado, la sociedad civil y población en general y que conciernan a la actividad periodÃstica de los medios informativos público y privados, sus propietarios, directores, editores, periodistas o trabajadores que tengan que ver con tareas informativas, asà como de quienes expresen opiniones a través de tales medios.
El Tribunal es la máxima expresión activa de la autorregulación en el periodismo boliviano. Hasta el presente ha resuelto más de 50 casos de denuncias presentadas a su consideración en demanda de un periodismo serio y éticamente responsable.
La autorregulación periodÃstica está garantizada en el paÃs por el párrafo II del artÃculo 107 (capitulo VII Comunicación Social) de la Constitución PolÃtica del estado promulgada el 7 de febrero de 2009.